Actividad 5: Evaluar, vigilar e investigar aguas continentales

Debajo están las obligaciones globales y regionales en esta actividad:
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Componente 1: Evaluar aguas continentales

Obligaciones y compromisos directamente pertinentes

  • Evaluar y monitorear el estado de los recursos de humedales: Plan Estratégico 2003 – 2008 de Ramsar 1.2

  • Examinar los programas nacionales y regionales de recopilación sistemática de datos ecológicos y socioeconómicos sobre la pesca y la acuicultura, que sean pertinentes para los sitios Ramsar: Resolución Ramsar IX.4, 29

  • Aplicar evaluaciones de los flujos ambientales, para mitigar las repercusiones de las grandes represas sobre los humedales: Resolución Ramsar VIII/2, 13

  • Dar prioridad a la evaluación del estado de conservación de los humedales de montaña: Resolución Ramsar VIII.12, 17

  • Ocuparse de la falta de información sobre el estado de la diversidad biológica de las aguas continentales: CDB Decisión V/2, 3

  • Mejorar, integrar y analizar información existente en relación a diferentes rutas migratorias para determinar áreas migratorias así como la dinámica de la población de especies: CMS Resolución 8.27,2

Obligaciones y compromisos indirectamente pertinentes

Componente 2: Monitorear aguas continentales

Obligaciones y compromisos directamente pertinentes

Obligaciones y compromisos indirectamente pertinentes

Componente 3: Realizar investigaciones sobre aguas continentales

Obligaciones y compromisos directamente pertinentes

Obligaciones y compromisos indirectamente pertinentes


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Comentario 1

CDB Decisión VII/4, 7 y CDB Decisión VII/4, Anexo (Programa de Trabajo Revisado sobre la Diversidad Biológica de Aguas Continentales): La Meta 3.1 del Programa de Trabajo Revisado sobre la Diversidad Biológica de Aguas Continentales exige una mejor comprensión de la diversidad biológica de los ecosistemas de aguas continentales. La Meta 3.4 exige introducir y mantener arreglos apropiados para detectar cambios en el estado y las tendencias de la diversidad biológica de aguas continentales.

Comentario 2

CDB Decisión VII/27, 2 y CDB Decisión VII/27, Anexo (Programa de Trabajo sobre la Diversidad Biológica de Montañas): La Meta 3.1 del Programa de Trabajo sobre la Diversidad Biológica de Montañas exige desarrollar el trabajo sobre identificación, vigilancia y evaluación de la diversidad biológica de montañas. La Meta 3.2 exige mejorar el conocimiento y los métodos de evaluación y vigilancia de la situación y las tendencias de la diversidad biológica de montañas. La Meta 3.3 se refiere a mejorar la infraestructura para el manejo de datos e información para la evaluación y la vigilancia de la diversidad biológica de montañas. La Meta 3.4 exige mejorar la investigación que se relaciona con la diversidad biológica de montañas.

Comentario 3

CDB Decisión VI/5, 11 y CDB Decisión VI/5, Anexo (Plan de Acción para la Iniciativa Internacional para la Conservación y Utilización Sostenible de los Polinizadores): El Elemento 1 del Plan de Acción para la Iniciativa Internacional para la Conservación y Utilización Sostenible de los Polinizadores pide un análisis completo de la situación y tendencias de la diversidad de polinizadores del mundo y de las causas subyacentes de su disminución.

Comentario 4

CDB Decisión VI/22, 11 y CDB Decisión VI/22, Anexo El elemento 2 del programa, meta 1, objetivo 1 del Programa de Trabajo Ampliado sobre Diversidad Biológica Forestal requiere una mejor comprensión de las diversas causas de la pérdida de diversidad biológica forestal. En el elemento 3 del programa, meta 1, objetivo 3 se alienta a las Partes a elaborar, cuando proceda, estudios de ecosistemas forestales específicos en zonas prioritarias de conservación y utilización sostenible. El elemento 3 del programa, meta 4, objetivo 1 requiere aumentar y mejorar la capacidad técnica a nivel nacional para vigilar la diversidad biológica forestal. El elemento 3 del programa, meta 3, objetivo 1 exige realizar programas básicos de investigación sobre el papel de la diversidad biológica forestal y el funcionamiento de los ecosistemas.

Comentario 5

CDB Decisión V/5, 4 y CDB Decisión V/5, Anexo (Programa de Trabajo sobre Diversidad Biológica Agrícola: El elemento 1 del objetivo operacional del Programa de Trabajo sobre Diversidad Biológica Agrícola exige un análisis completo de la situación y tendencias de la diversidad biológica agrícola del mundo y de sus causas subyacentes, así como de los conocimientos locales en la gestión.

Comentario 6

CDB Decisión V/23, 3 y CDB Decisión V/23, Anexo (Programa de Trabajo sobre las Zonas Secas y Sub-húmedas) : El objetivo operacional de la parte A (Evaluaciones) del Programa de Trabajo sobre Zonas Secas y Sub-húmedas exige reunir y analizar la información sobre la situación de la diversidad biológica de las zonas secas y sub-húmedas y acerca de las presiones que se ejercen sobre éstas, para divulgar conocimientos y prácticas y cubrir vacíos en los conocimientos. La actividad 1 de la parte A pide la evaluación de la situación y las tendencias de la diversidad biológica de las zonas secas y sub-húmedas, y la eficacia de las medidas de conservación. La actividad 4 de la parte A pide fortalecer los conocimientos en los procesos ecológicos, físicos y sociales que afectan la diversidad biológica de las zonas secas y sub-húmedas, mientras la actividad 5 se refiere a la identificación de los beneficios a los niveles local y mundial de la diversidad biológica de las zonas secas y sub-húmedas, evaluando la repercusión socioeconómica de su pérdida y realizando estudios sobre la relación entre la diversidad biológica y la pobreza. La actividad 7k de la parte B (Medidas focalizadas en respuesta a necesidades conocidas) exige el establecimiento y promoción de programas de investigación y de desarrollo, con atención especial a la creación de capacidades para la conservación y la utilización sostenible.

Comentario 7

UNCCD Decisión 12/COP.6, 2 y UNEP/CBD/COP/7/INF/28: El elemento de programa A del programa de trabajo conjunto entre el CDB y UNCCD aborda evaluaciones.

Comentario 8

Plan Estratégico 2003 – 2008 de Ramsar Objetivo Operativo 11.2: La acción 11.2.1 bajo este Objetivo Operativo apunta al Marco para Evaluar el Riesgo en Humedales de la Convención, incluido en la Resolución Ramsar VII.10, Anexo. El Registro de Montreux, establecido por la Recomendación Ramsar 4.8 es una lista de sitios Ramsar en los que se han producido, se están produciendo o pueden producirse cambios de las características ecológicas. Las Misiones Ramsar de Asesoramiento son mecanismos técnicos de asistencia; visitan los sitios que se encuentran con su ecología amenazada.

Comentario 9

Resolución Ramsar IX.15, 21 , Resolución Ramsar VIII.10, 39 y Resolución Ramsar VIII.14, 20 alienta a las Partes Contratantes a adoptar regimenes de monitoreo de sitios Ramsar y otros humedales, según el Marco para Evaluar el Riesgo en Humedales de la Convención que contiene la Resolución Ramsar VII.10, Anexo, y los Nuevos Lineamientos para la Planificación del Manejo de los sitios Ramsar y otros Humedales que se encuentran en Resolución Ramsar VIII.14, Anexo.

Comentario 10

Comentario 11

Resolución Ramsar VII.12, 20 y Resolución Ramsar VII.10, Anexo : El Marco para Evaluar el Riesgo en Humedales que contiene Resolución Ramsar VII.10, Anexo, aborda las clases de cambio en las características ecológicas, evaluación del riesgo en humedales e indicadores de alerta temprana.

Comentario 12

Recomendación Ramsar 6.1, 11 y Recomendación Ramsar 4.10, Anexo: Las Directrices para la Aplicación del Concepto de Uso Racional, adoptadas como un Anexo a Recomendación Ramsar 4.10, abarcan el establecimiento de políticas nacionales de humedales, acciones prioritarias a nivel nacional y acciones prioritarias en humedales específicos. Las Directrices fueron desarrolladas adicionalmente por medio de las Orientaciones Adicionales para la Aplicación del Concepto de Uso Racional que contiene el Anexo de Resolución Ramsar 5.6. Estas tratan sobre políticas nacionales de humedales, conocimientos sobre humedales y su valor y la acción en ciertos sitios de humedales.

Comentario 13

Resolución Ramsar VIII.38, 20 y Recomendación Ramsar 4.12 alienta a las Partes Contratantes a participar en estudios coordinados relativos a las aves acuáticas, y Resolución Ramsar VIII.38, 20 destaca las especies que se hallan en peligro en todo el mundo y las especies sobre las que se cuenta con datos insuficientes.

Comentario 14

CDB Decisión VII/27, 4 intenta garantizar la existencia de referencias cruzadas del Programa de Trabajo sobre Diversidad Biológica de Montañas con otros Programas de Trabajo de CDB, incluyendo el de aguas continentales. Esto es pertinente para la identificación, vigilancia y evaluación de disposiciones del Programa de Trabajo sobre Diversidad Biológica de Montañas (elemento 3 del programa): CDB Decisión VII/27, anexo

Comentario 15

CDB Decisión VII/28, 18 y CDB Decisión VII/28, Anexo (Programa de Trabajo sobre Áreas Protegidas): El objetivo 4.3 del Programa de Trabajo sobre Áreas Protegidas pide evaluar y supervisar la situación y tendencias de las áreas protegidas, mientras que el objetivo 4.4 propone asegurar que los conocimientos científicos contribuyen a la creación y eficacia de las áreas protegidas y de los sistemas de áreas protegidas.

Comentario 16

Resolución Ramsar VII.10, 12 y Resolución Ramsar VII.10, Anexo: El Marco para Evaluar el Riesgo en Humedales aborda las clases de cambios en las características ecológicas, evaluación del riesgo en humedales e indicadores de alerta temprana.

Comentario 16a

CDB Decisión VIII/1, 1 y CDB Decisión VIII/1, Anexo : Esta es la acción prioritaria 13.3 del Programa de Trabajo sobre Diversidad Biológica de las Islas.

Comentario 16b

CDB Decisión VIII/1, 1 y CDB Decisión VIII/1, Anexo: Esta es la acción prioritaria 14.1 del Programa de Trabajo sobre Diversidad Biológica de las Islas. Se refiere específicamente a la diversidad genética de las islas.

Comentario 16c

CDB Decisión VIII/26, 6: El párrafo se refiere a la lista de actividades sobre incentivos positivos del párrafo previo.

Comentario 17

CDB Decisión VII/12, 2 y CDB Decisión VII/12, Anexo : El principio práctico 6 de los Principios y Directrices de Addis Abeba para la Utilización Sostenible de la Diversidad Biológica establece que debe promoverse y apoyarse la investigación interdisciplinaria en todos los aspectos de la utilización y conservación de la diversidad biológica.

Comentario 18

CMS Resolución 8.27, 11b : Esta disposición apunta a eliminar las deficiencias de los conocimientos con respecto a los riesgos y la propagación de la Gripe Aviar Altamente Patógena. El Anexo de esta Resolución identifica principales necesidades en materia de investigación sobre la propagación de esta enfermedad con relación a las aves migratorias y sus hábitats.

Comentario 19

UNFCCC Artículo 4 1e, KP Artículo 11, 2 : Ver también la Sección de Adaptación del Módulo sobre Diversidad Biológica y Cambio Climático.