Actividad 13:La gestión de áreas protegidas Comentarios

Debajo están las obligaciones globales y regionales en esta actividad:
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Component 1

Obligaciones y compromisos directamente pertinentes

Obligaciones y compromisos indirectamente pertinentes

  • Instituir servicios de protección y conservación de cualquier sitio de patrimonio natural: WHC Artículo 5b

  • Desarrollar estudios científicos y técnicos para perfeccionar los métodos de intervención: WHC Artículo 5c

  • Adoptar medidas jurídicas, científicas, técnicas, administrativas y financieras adecuadas, para la protección, conservación, revaloración y rehabilitación los sitios de patrimonio natural: WHC Artículo 5d

  • Implementar las Directrices Operacionales para la Implementación de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial para sitios de patrimonio natural: WHC Decisión 7 EXT.COM/4 A, V.9 VER COMENTARIO 2


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Comentario 1

Resolución Ramsar IX.20, 13: Los sitios Ramsar deben ser incluidos en las redes de áreas protegidas. Las Partes también deben tomar en consideración las disposiciones de Programa de Trabajo sobre Áreas Protegidas del CDB ( CDB Decisión VII/28, Anexo), en particular el elemento de programa 1: medidas directas para planificar, seleccionar, establecer, consolidar y manejar sitios y sistemas de áreas protegidas. La meta 1.5 exige a las Partes prevenir y mitigar los impactos negativos de graves amenazas a áreas protegidas. La Actividad 1.5.4 es importante ya que las Partes deben adoptar medidas para controlar los riesgos asociados a las especies exóticas invasoras en las áreas protegidas.

Comentario 2

CDB Decisión VII/28, 19 , CDB Decisión VII/28, 27, CDB Decisión VII/28, 30 y CDB Decisión VII/28, Anexo: El programa más pertinente del programa de trabajo sobre áreas protegidas es el elemento 1 del programa: dirigir acciones para la planificación, selección, creación, fortalecimiento y gestión de sistemas y sitios de áreas protegidas. La meta 1.5 exige a las Partes prevenir y mitigar los impactos negativos de graves amenazas a áreas protegidas. La actividad 1.5.4 es de importancia ya que las Partes deben adoptar medidas para controlar los riesgos asociados a las especies exóticas invasoras en áreas protegidas. Indirectamente, aquí es pertinente el elemento 3 del programa: actividades favorables, en particular la meta 3.3: desarrollar, aplicar y transferir tecnologías apropiadas para áreas protegidas.
WHC Decisión 7 EXT.COM/4 A, V.9 : Las Directrices Operacionales contienen muchas secciones apropiadas para las Partes que implementan actividades de EEI, dirigidas particularmente al manejo de sitios, asegurando que se mantenga su carácter excepcional natural.